En unos días, más concretamente a partir del 1 de junio, entrará en vigor la nueva normativa que regulará la facturación de la electricidad en nuestros hogares, con unos importantes cambios que os comentamos a continuación.
El objetivo de esta nueva regulación es dar más peso en la facturación al consumo de energía (parte variable de la facturación) y menos a la potencia contratada (una de las partes fijas de la facturación), de manera que el consumidor se vea forzado a comprometerse con medidas de ahorro energético como:
- Trasladar el consumo a las horas del día donde el coste de la electricidad sea más bajo y, de esa forma, evitar picos de consumo que afectan al sistema de distribución eléctrica.
- Aplicar medidas de ahorro energético como la instalación de sistemas fotovoltaicos que reduzcan el consumo de energía de la red en las horas centrales del día, donde con la nueva tarifación, será más caro el consumo.
A todos aquellos que queráis profundizar un poco más, las normas que regularán este nuevo sistema de tarifación son:
Orden TED/371/2021, de 19 de abril, por la que se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico y de los pagos por capacidad que resultan de aplicación a partir del 1 de junio de 2021
Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad.
¿Cuál será el papel del autoconsumo solar residencial con estos periodos de facturación?
Las horas con los precios más elevados se ubicarán en las horas centrales del día haciendo que las instalaciones de autoconsumo solar residencial tengan un retorno de la inversión más rápido y se conviertan en una de las principales soluciones para potenciar el ahorro energético y la reducción de la facturación en los hogares españoles.
No obstante, comenzaremos por resumir, brevemente, cuál es el sistema de facturación vigente, de manera que nos resulte más sencillo compararlo con el que entrará en vigor.
Actualmente, podemos elegir entre dos mercados, el denominado Mercado de Referencia PVPC (Precio Voluntario al Pequeño Consumidor), donde las tarifas están reguladas por el ministerio y los precios que marca el mercado mayorista hora a hora y el Mercado Libre, donde el precio y las condiciones son fijadas por las diferentes distribuidoras.
Dentro del Mercado de Referencia también se puede elegir el precio fijo durante doce meses, donde el consumidor podrá optar por un precio fijo anual, con independencia del que marque el mercado y fijado por la comercializadora de referencia que tendrá la obligación de ofrecerlo como alternativa al PVPC.
¿Cuál de los dos mercados resulta más ventajoso para el consumidor?
Pues como todo, depende de cada usuario y de las condiciones que se negocien en el mercado libre, aunque expondremos las principales características de cada uno de ellos, de forma que os resulte más sencillo conocer cuál es el que mejor se adapta a las condiciones particulares de cada uno:
Mercado de referencia (PVPC)
- Es un requisito indispensable para los usuarios del Bono Social.
- Si por cualquier motivo, no consigues un ahorro en tu factura, puedes volver al mercado libre en cualquier momento (sin permanencia).
- Las comercializadoras no pueden ofrecer otros productos asociados (por ejemplo, contratos de mantenimiento).
- El precio es variable y se fija cada hora según el mercado mayorista: en la nueva facturación existirán tres franjas horarias de consumo (valle, llana y punta).
- El máximo de potencia contratada es de 10kW, aunque con la nueva facturación aumentará a 15kW.
- Es complejo establecer de antemano cuál será el coste de la electricidad al mes, ya que en muchas ocasiones influye el aporte de las renovable en el mercado mayorista, que entran a coste cero y hacen bajar el precio del kWh en determinados meses del año, mientras que en contrapartida otros meses son más caros por la falta de ese aporte o por condiciones meteorológicas desfavorables.
Mercado Libre
- Las comercializadoras pueden ofrecer con libertad el precio que aplican a sus clientes por Contrato (como el PVPC, precio fijo por kWh durante todo el día, con horarios especiales, etc).
- Les está permitido a las comercializadoras ofrecer bonificaciones y descuentos.
- Es habitual que te exijan un periodo de permanencia de, al menos, un año.
- Pueden incluirte servicios adicionales en la factura (seguros, mantenimientos, etc).
- El consumidor puede predecir mejor el gasto que tendrá, aunque deberá estar más encima de la comercializadora en cuanto a revisiones de precios, condiciones, contratos adicionales, etc, por lo que en ocasiones es habitual pagar de más.
¿Cómo afectará al usuario la nueva facturación de la electricidad?
Esta nueva facturación afectará a todos aquellos hogares que estén incluidos en el Mercado de Referencia, mientras que a los usuarios que tengan sus contratos en el Mercado Libre tendrán que estar pendientes de cuales serán los cambios que les proponga su comercializadora eléctrica.
Independientemente de lo anterior, el nombre del tipo de contrato para todos los usuarios con potencia contratada menor de 15kW, en redes de tensión no superior a 1kV (el más común en viviendas), será el mismo el 2.0TD, que constará de dos términos de potencia contratada y de tres términos de energía consumida.
La potencia contratada nos limita el número de dispositivos eléctricos que podremos tener conectados de manera simultánea, mientras que los tres términos de energía fijarán los precios de la energía que consumamos en sus respectivos periodos.
Como podemos observar en la figura 2, el precio más económico lo encontraremos durante ocho horas al día entre semana, horario valle, y durante todo el fin de semana y festivos.
Las horas diurnas de 8:00 a 20:00 coincidirán con los tramos con el precio de la energía más caros (punta y valle).
Con respecto a la elección de la potencia, se puede elegir una única potencia o dos potencias: una de ellas será para el horario valle y la otra potencia para los horarios punta y llano.
En la figura 3 os mostramos el caso en el que eligiésemos dos potencias en nuestro recibo de la electricidad.
Es decir, en esta nueva modalidad podremos contratar dos potencias distintas, por ejemplo, una más elevada para los consumos nocturnos, que coinciden con horas valle, desplazando los consumos diurnos de los equipos con más carga a estas horas (climatización, recarga de coches eléctricos, lavadoras, secadoras, lavavajillas, etc) y otra menor para las horas del día donde el consumo es más caro.
Muy interesante y bien explicado. Gracias.